CTIF

Principio VIII

Transparencia y rendición de cuentas

La comisión debe rendir cuentas de forma sistemática al consejo de administración, a los accionistas y al mercado, mediante reporte regular, informe anual de actividad e incorporación al Informe Anual de Gobierno Corporativo.

Esta rendición se articula mediante el reporte regular al pleno del consejo de los asuntos tratados y de las propuestas elevadas; la publicación de un informe anual de actividad de la comisión, con descripción de su composición, número de reuniones, materias tratadas, recursos empleados y evaluación de su funcionamiento; y la incorporación al Informe Anual de Gobierno Corporativo de la información requerida por la normativa aplicable y por las recomendaciones del Código de Buen Gobierno.

La transparencia debe equilibrarse con la debida confidencialidad de las materias cuya divulgación pudiera comprometer la seguridad tecnológica, la propiedad intelectual, las posiciones competitivas o la información sometida a secreto comercial.