CTIF

Principio X

Neutralidad tecnológica y selección por mérito

La comisión actúa bajo el principio de neutralidad tecnológica, entendido como ausencia de preferencia ideológica, inercial o relacional por tecnologías, proveedores, arquitecturas o paradigmas concretos, y como protección frente al cautiverio de proveedor (vendor lock-in) no justificado.

La decisión sobre la adopción de una solución tecnológica debe fundarse en el análisis riguroso del caso de uso, en la valoración de las alternativas razonablemente disponibles, en la consideración del coste total de propiedad y de los riesgos asociados, y en la verificación del ajuste a las capacidades y necesidades efectivas de la sociedad.

La neutralidad tecnológica protege contra el cautiverio de proveedor (vendor lock-in) no justificado, contra la captura del roadmap tecnológico por proveedores históricos y contra el sesgo derivado de la inercia, la moda sectorial o las relaciones personales. No excluye la concentración deliberada en un proveedor cuando esta resulte ser, tras análisis fundado, la mejor opción para la sociedad; exige que dicha concentración sea fruto de una decisión consciente y revisable, no de una omisión de juicio.